ROMPIENDO MITOS

*Por Lucía Ortiz.

El 25 de noviembre se conmemora el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres para denunciar el maltrato que se ejerce sobre las mujeres en todo el mundo y reclamar políticas en todos los países para su erradicación.

Una buena forma de conmemorar este día es rompiendo algunos mitos 1 sobre la violencia; hagámoslo juntos y juntas:

Si el MITO es que “La violencia familiar se da sólo en familias sin dinero ni educación.” ¿cuál sería la realidad? que “la violencia familiar se da en todos los estratos socioeconómicos y culturales”, si bien es verdad que la pobreza es un factor de riesgo, fundamentalmente lo es el ambiente cultural y social en el que vivimos, sobre todo considerando que la violencia y los feminicidos son una problemática en la realidad Peruana 2, además debemos entender que existe un conjunto de modalidades de violencia como el ejercicio del insulto y de la humillación, así como la violencia ejercida por la certeza de tener la razón y, por ende, de tratar de imponerla con rigidez, inflexibilidad e impenetrabilidad. El esposo que no se mueve de su verdad ni se conmueve, que nunca pregunta ni toma en cuenta lo que su esposa o hija quieren, que no reconoce lo propio de ellas, está incapacitado para escucharlas y para ponerse en su lugar 3. Esta violencia desespera, deshumaniza y las anula de manera sutil como sujetos de derecho y produce una herida duradera en su amor propio.

Si el MITO es: El amor todo lo puede, la REALIDAD vendría a ser que para resolver una situación de violencia familiar, se requiere ayuda de profesionales especializados en esta materia y protección del estado; también es importante concientizarnos en que el amor no puede estar por encima de los derechos humanos, es decir NUNCA vulnerando nuestro derecho a la salud, a la vida, al libre tránsito, etc.

SI el MITO es que lo que ocurre en una familia forma parte de la vida privada y no hay que meterse; la REALIDAD vendría a ser que cualquier vulneración a la integridad humana viola los derechos humanos, que son universales y su protección y sanción son de interés público y todos estamos facultados para denunciar 4, incluso algunos de acuerdo al cargo funcional, están obligados a hacerlo, y en casos de agresión grave se nos puede condenar por el delito de omisión del deber de auxilio de acuerdo al art. 127° del Código Penal 5. 

Si el MITO es que “ella lo provoca”, la REALIDAD sería que NO existe justificación para la violencia, el derecho de las mujeres a vivir sin violencia está consagrado en los acuerdos internacionales como la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), en especial a través de sus recomendaciones generales núm. 12 y 19 y de la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, los mismos que tienen rango constitucional en nuestro país.

Y, mi MITO favorito: “Si la mujer se queda es porque le gusta”, la REALIDAD vendría a ser que una relación de violencia es de tortura y que la persona castigada se encuentra sometida e inhibida para reaccionar, que las víctimas de violencia, así como todos, tienen limitantes emocionales que arrastran incluso desde su niñez; y que los agresores saben identificar y utilizar para fortalecer su baja autoestima y sentimiento de desesperanza.

Quiero terminar con este pensamiento publicado recientemente por la ONU MUJERES: Las mujeres y niñas denunican la violencia sexual cuando se sienten acompañadas. Que hoy 25N, podamos romper estos mitos y reconozcamos nuestro gran potencial para acompañar y sostener.

NOTAS DE PIE DE PÁGINA

1 Documento  “25 de noviembre, Día Internacional contra la Violencia hacia las Mujeres… y las Niñas”. Instituto Nacional de Mujeres, pag.12, 2007, Mexico. http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/100001.pdf

2 Documento: “Perú: Feminicidio y Violencia contra la Mujer, 2015 – 2020”, INEI, puede verlo aquí: https://observatorioviolencia.pe/inei-publico-el-estudio-peru-feminicidio-y-violencia-contra-la-mujer-2015-2020/

3 Basado en el artículo “La violencia del padre y su repercusión en el hijo adolescente”, se puede leer el artículo completo aqui: https://www.sepypna.com/revista-sepypna/articulos/violencia-padre-repercusion-hijo/

4 Art.15 de la ley 30364 “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar”.

5 Artículo 127.- Omisión de auxilio o aviso a la autoridad: El que encuentra a un herido o a cualquier otra persona en estado de grave e inminente peligro y omite prestarle auxilio inmediato pudiendo hacerlo sin riesgo propio o de tercero o se abstiene de dar aviso a la autoridad, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de un año o con treinta a ciento veinte días-multa.”

* Asesora legal del consultorio jurídico gratuito Acción Verde perteneciente al proyecto Acción Verde de Acción por Igualdad.



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