LAS ESTERILIZACIONES FORZADAS EN EL PERÚ: UNA MIRADA ACTUALIZADA EN VIRTUD DE LOS PROCESOS JUDICIALES

*Por Estefanía Loren Espinoza Aguilar.

En la década de los 90, durante el gobierno de Alberto Fujimori, se instauró y trabajó desde el ejecutivo varias política públicas orientadas a controlar los procesos reproductivos de la población. Entre ellos tenemos: el Programa Nacional de Población, el Programa de Planificación Familiar y  el Programa Nacional de Atención a la Salud Reproductiva de la Familia. Todos estos programas según el gobierno de Fujimori estaban orientados a “ lograr una tasa de crecimiento poblacional que permitirá al país llegar a los niveles de desarrollo” y el medio para lograr era se disminuya la fertilidad pero manteniendo un supuesto respeto al consentimiento informado y la autonomía en la toma de decisiones. (Instituto de Democracia y Derechos Humanos, 2014)

En este contexto se desarrolla el caso de la señora Mamérita Mestanza, una mujer cajamarquina, que en el año 1996 tenía 33 años y vivía con su esposo en el distrito de La Encaña. Ella fue sometida al procedimiento de ligadura de trompas sin recibir la información pertinente respecto a los riesgos y consecuencias que podría tener en salud. Adicionalmente, en este caso se reportó que el centro de salud de La Encañada hostigaba constantemente a la señora Mamérita para que aceptara la intervención quirúrgica.Finalmente, el 27 de marzo del 1998 se le realiza la operación y falleció 8 días después.El de esposo de Mamérita inicia una denuncia contra los profesionales del centro de salud por el delito homicidio culposo. En sede interna el procedimiento fue archivado varias veces a pesar de que se presentaron las apelaciones correspondientes pero gracias a la representación de DEMUS y otras organizaciones el caso fue presentado ante la CIDH, donde hubo una respuesta favorable por parte de la comisión a través de un informe de admisibilidad.Finalmente, en el año 2003 suscribieron un Acuerdo de Solución Amistosa entre el estado y los familiares de Mamérita.En este acuerdo se reconoció la responsabilidad del estado peruano por la vulneración a los derechos de Mamérita en virtud de la Convención Belém Do Pará. (Cladem, S.F)

Entre las recomendaciones que brindó la CIDH a nuestro país tenemos:”a) realizar exhaustiva investigación de los hechos y aplicación de las sanciones a los responsables; b) realizar investigaciones administrativas y penales por la actuación de los representantes del Ministerio Público y del Poder Judicial que denegaron el acceso a la justicia a los familiares de la víctima; c) revisar judicial y administrativamente todos los procesos sobre violaciones de los derechos humanos en la ejecución del Programa Nacional de Salud Reproductiva y Planificación Familiar para sanción de los responsables, incluso con pago de la reparación civil que corresponda”.(Cladem, S.F) Respecto a las dos primeras, debemos tomar en cuenta que estas recomendaciones permitieron que a nivel judicial se continúe con las investigaciones en el caso de esterilizaciones forzadas. No obstante en el año 2020 se presentó por parte de los abogados de los denunciados Alberto Fujimori y sus exministros Marino Costa Bauer, Alejandro Aguinaga, Eduardo Yong Mottael un recurso que buscaba archivar el caso. El Tribunal Constitucional tuvo a bien rechazar dicho recurso por lo que hasta el momento se encuentra pendiente de actuar las demás audiencias y etapas del proceso en la vía penal.(Nota de prensa DEMUS, 2020)

Como reflexiones finales, debemos tener en cuenta que el caso de Mamerita aterriza una problemática viva, latente y le pone nombre y apellido a las que podríamos considerar una de las mayores afectaciones a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres indígenas de nuestro país. Dado que, según las cifras, al menos  1300 mujeres fueron víctimas de esterilizaciones forzadas. Si bien sus casos no han sido llevados con la misma cobertura mediática que el de Mamerita, todas actualmente se encuentran exigiendo justicia. Adicionalmente, no podemos quitar el foco respecto al inminente hecho de que las esterilizaciones forzadas constituyen una vulneración directa a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Por lo que, siguiendo las recomendaciones que la CIDH brindó a nuestro país es necesario que los sistemas de justicia y de salud respondan a las obligaciones internacionales que exigen el reconocimiento y protección de estos derechos.

Bibliografía:

  1. Caso Mamérita Mestanza, Perú (esterilización forzada). (s. f.). CLADEM. https://cladem.org/litigio/caso-mamerita-mestanza-peru-esterilizacion-forzada/
  2. A. (2022, 14 enero). Al ritmo lento de la justicia peruana: el estado actual del caso de esterilizaciones forzadas. IDEHPUCP. https://idehpucp.pucp.edu.pe/analisis1/al-ritmo-lento-de-la-justicia-peruana-el-estado-actual-del-caso-de-esterilizaciones-forzadas/
  3. TC rechaza archivar el caso esterilizaciones forzadas en el Poder Judicial –. (s. f.). DEMUS – Estudio para la Defensa de los Derechos de la Mujer. https://www.demus.org.pe/noticias/tc-rechaza-archivar-el-caso-esterilizaciones-forzadas-en-el-poder-judicial/ 

 

*Abogada por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas con especializaciones en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos por la Universidad Nacional Autónoma de México. También, en Derecho Internacional Público, Relaciones Internacionales y Derechos Humanos por el Instituto de las Naciones Unidas para Formación Profesional e Investigaciones (UNITAR). Con una sólida formación en temas de Derechos Sexuales y Reproductivos. Así como,en la elaboración de artículos de investigación en temas como la violencia obstétrica, aborto y violencia de género. Ponente en el I Congreso Internacional de Violencia Obstétrica organizando por la Universidad Jaime I de España. Actualmente, Asesora Legal en la Organización Acción por Igualdad y abogada en la ONG Encuentros.

**Fuente: https://cejil.org/comunicado-de-prensa/fiscal-landa-ordena-denunciar-a-fujimori-y-exministros-por-esterilizaciones-forzadas/



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