El ejercicio del poder masculino en las violaciones sexuales a mujeres

*Por: Alison Macedo Muñoz.

La existencia de una relación de poder, en los casos de agresiones en contra de las mujeres e integrantes del grupo familiar se manifiesta como la existencia de una relación de verticalidad entre el agente y la víctima, donde prevalece el sometimiento o dominio de uno hacia otro, esto, claro está, por el tipo de delito, se concentra en la dinámica familiar. Sin embargo, existen otras formas de agresión hacia las mujeres como la agresión sexual en todas sus formas. 

Por lo que a fin de analizar cómo es que se manifiesta el poder en las agresiones sexuales a mujeres hay que tener en cuenta que la violencia, sea el tipo que sea, es un acto de poder, que conlleva a una dominación. Este poder puede ser concentrado mediante la fuerza, el acceso a la información, recursos psicológicos, conocimiento, economía, etc., de parte del agresor hacia la víctima, este poder, en definitiva, es usado para conseguir un fin propio, que en el caso de las agresiones sexuales es el ánimo lúbrico, sin embargo, también es para conseguir el sometimiento de quien se considera por debajo de él. Es por esto que el eje para la consecución de una dinámica de violencia sea familiar, sexual, etc., es el poder. 

En el caso de la violencia sexual realizada por un hombre a una mujer, no solo influye, y de ahí la importancia de que estas ideas sean extrapoladas a los procesos judiciales, en la agresión misma, sino en una estructura social patriarcal donde gobierna la desigualdad de género que beneficia a la figura masculina  que ejerce el poder para sí, utilizando a la víctima, que en mayor frecuencia es mujer como un instrumento para su dominación, justificando su fin como algo válido y útil; por ello se entiende que las violaciones sexuales son a menudo actos de dominación y control más que de gratificación sexual, en donde el agresor busca ejercer poder sobre la víctima, utilizando la violencia sexual como una forma de afirmar su superioridad y control, esto sumado a la cultura de violación que aún se perpetua en algunas culturas, en donde se desalienta a las víctimas a realizar las denuncias por estos delitos, genera muchas veces que la idea de la sumisión femenina se implante desde la educación del hogar, enseñando a los niños a ser dominantes y a ejercer control, mientras que a las niñas se les enseña a ser sumisas y a complacer, lo que se vuelve un círculo vicioso en el que prevalece una dinámica de  poder desigual en las relaciones sexuales.

Entender esta forma de acción del poder en el agresor sexual y cómo ello afirma su virilidad mal guiada, es necesaria en los procesos judiciales, puesto que “Quizá lo importante en este ámbito sea recordar que la mirada sobre aquello que se considera asociado con un contenido sexual requiere ser evaluado desde una perspectiva más amplia que la sexualidad genital. Es necesario que se reconozca el impacto que tales acciones pueden ocasionar en las víctimas y que la determinación de lo sexual ha sido objeto de interesantes debates jurisprudenciales sobre su contenido y alcance”1.

Es importante abordar estas cuestiones desde múltiples ángulos, incluida la educación sobre el consentimiento, el empoderamiento de las mujeres, el cambio de normas culturales y la persecución efectiva de los agresores sexuales.

Nota de pie de página

  1. 123ciberdelitos(S.F.).El ejercicio del poder como componente de la violencia.https://www.123ciberdelitos.com/inicio/la-investigacion-del-delito-2/la-relevancia-probatoria-en-ciberdelitos-sexuales/b-el-ejercicio-del-poder-como-componente-de-la-violencia/

 

* Asesora legal del proyecto acción verde de la organización Acción por Igualdad. Abogada feminista litigante, especialista en derecho penal, familia y civil, egresada de maestría de Derecho Procesal Penal, con experiencia en asesoría legal, servicios de sensibilización en cuanto a género, igualdad de género y diversidades. Con experiencia en temas de familia, niñez y adolescencia; así como en procesos de violencia familiar.

** Foto del Ministerio del Interior. Extraído de la Noticia “Policías pueden actuar de oficio y denunciar casos de violencia a la mujer y grupo familiar”. https://www.gob.pe/institucion/mininter/noticias/24828-policias-pueden-actuar-de-oficio-y-denunciar-casos-de-violencia-a-la-mujer-y-grupo-familiar

 



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